Aconcagua - A partir de febrero entró en vigencia la nueva Ley de Regularizaciones N° 20.898. Rodrigo Uribe, secretario regional ministerial de Vivienda y Urbanismo Valparaíso, inició proceso de información sobre esta materia, a dirigentes sociales, vecinales y deportivos de todas las provincias.
Para el seremi Minvu Valparaíso, Rodrigo Uribe, es relevante que la ciudadanía sepa que cualquier ampliación que se realice en una vivienda, es decir, modificar el plano de construcción original de la propiedad, debe ser debidamente informada a la direcciones de obras municipales correspondientes. “De lo contrario, su proyecto, por ejemplo, no será considerado al momento del avalúo de la casa”, expresó la autoridad, quien a partir de esta semana encabeza un proceso de inducción a dirigentes vecinales, sociales y deportivos en todas las provincias, sobre la nueva Ley de Regularizaciones que desde febrero de este año rige en el país.
De hecho esta semana se efectuó -con total éxito de asistencia- en el salón de honor de la Municipalidad de San Felipe la “Escuela para Dirigentes: Educación para la Ciudad”, primera actividad organizada por esta secretaría regional ministerial precisamente para dar a conocer los nuevos alcances de esta normativa conocida como la “Ley del Mono”.
“Es una realidad que las ciudades del país, especialmente las de nuestra región, están sometidas a cambiantes dinámicas de crecimiento y a procesos de informalidad. En consecuencia, es necesario acometer con iniciativas que permitan ordenar y cautelar el cumplimiento de las normas de habitabilidad, de seguridad y estabilidad, que en definitiva redundan en mejor calidad de vida y mejores relaciones entre vecinos”, expresó mencionada autoridad.
El seremi llamó a la población a conocer mejor cómo funciona esta nueva ley, pues “no es lo mismo ampliar una habitación que levantar, con materiales ligeros, una leñera o un quincho. Por eso vamos a iniciar un proceso de instrucción, de capacitación, en las comunas de la región, con la idea de que organizaciones sociales conozcan las implicancias que tiene esta nueva Ley del Mono”.
Cabe notar que con su publicación en el Diario Oficial, el pasado 4 de febrero, la Ley de Regularizaciones N° 20.898 permite a miles de familias y microempresarios acceder al procedimiento simplificado para la regularización de viviendas de autoconstrucción.
“Esta ley permite regularizar viviendas de hasta 140 metros cuadrados, de acuerdo a los respectivos requisitos que se establecen. También concede la regularización de microempresas de hasta 250 metros cuadrados, equipamientos sociales de hasta 400 m2, así como viviendas financiadas con subsidios para la catástrofe del 27 de febrero de 2010”, aclaró Uribe.
Los beneficiarios que se contemplan con las modificaciones de esta “Ley del Mono”, corresponden a los propietarios de viviendas emplazadas en áreas urbanas o rurales, que hayan sido construidas antes de la publicación de esta ley, con o sin permiso de edificación, y que no cuenten con recepción definitiva.
“Los propietarios de viviendas que no cuenten con recepción definitiva, total o parcial, emplazadas en áreas urbanas o rurales, podrán, dentro del plazo de tres años contado desde la publicación de esta ley, obtener los permisos de edificación y de recepción definitiva; siempre que las viviendas cumplan con los requisitos que dispone la Ley 20.898, dentro de los cuales es importante relevar que las construcciones no deben estar emplazadas en áreas de riesgo o protección, en terrenos declarados de utilidad pública o en bienes nacionales de uso público. Y tratándose de áreas urbanas, deberán estar emplazadas en suelo que admita el uso residencial”, puntualizó el seremi Minvu.
REQUISITOS DE HABITABILIDAD
Los últimos desastres ocurridos en el país, como los terremotos de Concepción, Iquique y Coquimbo, y el megaincendio de Valparaíso, alertaron a las autoridades en materia de construcción de vivienda, por lo que hoy el Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet exige que la edificación se haga en base a mayores exigencias técnicas, respecto de los componentes: seguridad y calidad.
“Esta nueva ley permitirá sanear una casa en la medida que cumpla con los requisitos necesarios de habitabilidad, emplazamiento, seguridad y construcción”, acotó el seremi Rodrigo Uribe.
Sostuvo que “la Ley del Mono es una modificación que se hace para poder regularizar viviendas, microempresas y equipamiento social dentro de las comunas. Esta es una ley muy valorada para la ciudadanía. Hay que valorar, también, que esta es una ley que permite regularizar la construcción, pero al mismo tiempo valida todos los elementos de seguridad existentes”.
SEDES VECINALES
El seremi también contó que la nueva ley beneficia a los propietarios de construcciones levantadas en áreas urbanas o rurales, destinadas a microempresas inofensivas o a equipamiento social (como sedes vecinales, deportivas o culturales). “Se aplica a las edificaciones que hayan sido construidas con o sin permiso de edificación y que no cuenten con recepción definitiva de los municipios o que hayan materializado de hecho el cambio de destino de las edificaciones existentes, sin que concuerde el nuevo uso con los planes reguladores. Solo podrán hacer uso de esta ley las edificaciones construidas antes de la fecha de publicación de la ley (4 de febrero de 2016)”, dijo.
¿Qué construcciones se pueden regularizar? “Se pueden acoger a esta ley las edificaciones destinadas a microempresas inofensivas, siempre que no superen los 250 metros cuadrados construidos. También lo pueden hacer las que estén destinadas a equipamiento social, siempre que no excedan de cuatrocientos metros cuadrados edificados. Es necesario aclara que no se pueden acoger a esta ley las construcciones que se emplacen en zonas de riesgo o protección, en franjas declaradas de utilidad pública”, remató.
INFORMACIONES A TOMAR EN CUENTA
-El pago de derechos municipales es el 1,5 por ciento del presupuesto total de la obra, que se calcula según el material de la vivienda y una tabla de costos que confecciona el Minvu. Además hay descuentos: las viviendas con avalúo hasta 400 unidades de fomento (UF) pagan solo el 25 % del aludido 1,5.
-Las casas entre 400 y 1.000 UF pagan el 50 %. Las que sobrepasan estos valores deberán cancelar la totalidad de los derechos municipales. Los adultos mayores y discapacitados están exentos de pago.
-Una propiedad que no está regularizada, la banca no la toma en cuenta para calcular el valor del inmueble. Por ejemplo, si es avaluada en $20 millones y la ampliación costó $5 millones, pero no está en orden, va a seguir costando $20 millones.